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Asamblea Izquierda Unida de Candelario

MUCHAS GRACIAS DOÑA SOFIA POR SU GRAVE ERROR

Quisiera compartir con vosotros mi perplejidad en relación a las declaraciones hechas por Doña Sofía, Reina de España, en relación al matrimonio gay, el aborto, la religión, la educación y otra serie de cuestiones claramente políticas y por lo tanto sometidas al arbitrio único y supremo del electorado y por mediación de éste (el pueblo, el verdadero soberano), los partidos políticos, el Legislativo y Ejecutivo. 

Dice el artículo 56.3 de la Constitución española lo siguiente: "La persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad. Sus actos estarán siempre refrendados en la forma establecida en el artículo 64, careciendo de validez sin dicho refrendo, salvo lo dispuesto en el artículo 65, 2 (que a su vez establece que el Rey nombra y releva libremente a los miembros civiles y militares de su Casa)".

Dice el artículo 61 de la Constitución que "El Rey, al ser proclamado ante las Cortes Generales, prestará juramento de desempeñar fielmente sus funciones, guardar y hacer guardar la Constitución y las leyes y respetar los derechos de los ciudadanos y de las Comunidades Autónomas".

Y finalmente el artículo 64 de la Constitución establece que "Los actos del Rey serán refrendados por el Presidente del Gobierno y, en su caso, por los Ministros competentes. La propuesta y el nombramiento del Presidente del Gobierno, y la disolución prevista en el artículo 99, serán refrendados por el Presidente del Congreso. De los actos del Rey serán responsables las personas que los refrenden".

Hasta aquí todo meridianamente claro. El Rey reina, pero no gobierna. Ninguno de sus actos será válido sin el refrendo ministerial o del Presidente. Sus funciones son simbólicas y delegadas. Y en consonancia con todo lo anterior, el Rey debe abstenerse de realizar manifestaciones políticas, sin el refrendo antes citado. Una monarquía parlamentaria del siglo XX normal y corriente. Algo que sabe cualquier estudiante de primero de derecho. Vamos que el Rey es un símbolo del Estado que tiene muchísimos privilegios (si comete delitos no recibe ningún castigo penal, no paga impuestos, vive generosamente de una asignación de las Cortes que no es controlable ni por el Parlamento ni por la ciudadanía -y que en este año 2008 de crisis ha subido generosamente-, goza de bulo por parte de la prensa, casi toda la clase política le rinde pleitesía de una forma bobalicona, los poderes establecidos ridiculizan el republicanismo -de una forma que en Francia, por ejemplo, haría temblar la democracia-, su vida privada paralela a la oficial es sufragada con fondos públicos y ocultada por nuestras FF y CC de Seguridad del Estado, no es criticable sin incurrir en delito, etc) y casi una solo obligación: estar callado y leer lo que le manden. El papel constitucional del Rey esta bien claro (leer, callar y, si tiene alguna idea propia, no expresarla en público).

Sobre la Familia Real, en la que se encuadra Doña Sofía, poco se dice en la Constitución. Solo hay un para de referencias.

Una en el artículo 58 de la Carta Magna que establece que "La Reina consorte o el consorte de la Reina no podrán asumir funciones constitucionales salvo lo dispuesto para la regencia"

Y otra en el artículo 65, cuando establece que "El Rey recibe de los Presupuestos del Estado una cantidad global para el sostenimiento de su Familia y Casa, y distribuye libremente la misma". Tenemos pues que acudir a otras fuentes jurídicas.

El Real Decreto 1368/1987 sobre el régimen de títulos, tratamientos y honores de la Familia Real y de los Regentes, establece en su artículo 1.2 que "La consorte del Rey de España, mientras lo sea o permanezca viuda, recibirá la denominación de Reina y el tratamiento de Majestad, así como los honores correspondientes a su Dignidad que se establezcan en el ordenamiento jurídico". Lo cual no es decir casi nada, solo como hay que llamarla.

No soy un experto en derecho monárquico, pero en nuestro ordenamiento constitucional hasta aquí podemos llegar.

¿Que deducimos de todo esto? Pues que el Rey reina, pero no gobierna ni puede intervenir en política. Que la Reina pertenece a la Familia Real, pero no es Rey ni ostenta la Corona ni tiene funciones constitucionales (salvo que sea la Regente). Que desde un punto de vista estrictamente formal los privilegios jurídicos del Rey y sus obligaciones no le son de aplicación a la Reina, aunque de facto los disfruta. Pero que el mínimo uso del sentido común nos llevan a la conclusión que aquello que se predica del Rey en materia de inhibición del juego político (estar callado, leer lo que le manden y si tiene opiniones personales no expresarlas) también se debe aplicar a la Reina (no opinar sobre política, guardarse para si misma y sus íntimos sus opiniones personales y leer lo que le manden).

Estamos pues ante una violación de la Reina de sus obligaciones constitucionales, formales y/o materiales, y un grave atentado contra la Constitución.

Por todo ello, y como republicano, quisiera darle las gracias a Doña Sofía por esta rajada que deteriora el prestigio de la monarquía en España (al situarla en posiciones claramente partidistas -PP- y fuertemente conservadoras) y acerca en el tiempo la llegada de la III República.

Gracias de todo corazón, Doña Sofía Margarita Victoria Federica de la Casa Real de Schleswig-Holstein-Sonderburg-Glücksburg por su grave error de hoy.

 

Artículo extraído de http://leolo.blogspirit.com

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